01-01-2024

Integral

Cobertura en medicamentos

Cobertura en medicamentos

Medicamentos ambulatorios

 40% de descuento 

 

¿Cómo obtener una respuesta rápida?

Preséntese en cualquiera de las farmacias adheridas con la Orden de medicamentos emitida por su médico (Orden Médica o RP).

Exhiba su credencial junto con la Orden.

Del precio final de cada medicamento sólo deberá abonar el porcentaje que a usted le corresponde, según la cobertura de su Plan.

Sólo se pueden prescribir dos medicamentos por receta (un envase grande por receta)

Recuerde que todas las recetas vencen a los 60 días corridos de la fecha de emisión.

Tratamientos prolongados

Existen afiliados que por sus patologías requieren de tratamientos prolongados. Esta situación los “obliga” a concurrir rutinariamente a su médico con el sólo objeto de obtener su receta, generándole incomodidad y muchas veces, erogaciones innecesarias en conceptos de copagos por las consultas médicas.

Por tal motivo, CASA ofrece un método más cómodo y sencillo:

Se han seleccionado diferentes grupos de productos farmacéuticos, cuya utilización está indicada en pacientes con patologías crónicas; quienes deban adquirir medicamentos que se encuentren dentro de alguno de estos grupos, sólo con el diagnóstico del médico que lo justifique y la leyenda de “Tratamiento Prolongado”, podrán recibir prescripciones de hasta CUATRO ENVASES GRANDES por receta, brindándole la continuidad del tratamiento por un período mayor que el actual, evitándole la molestia de concurrir a su médico para la simple confección de la receta.

Grupos de productos farmacéuticos incluidos:

               Antiarrítmicos

               Antihipertensivos

               Vasodilatadores coronarios

               Hipolipemiantes

               Fármacos para el tratamiento de la hipertrofia prostática benigna

               Anticoagulantes orales

               Antiagregantes plaquetarios

               Antiglaucomatosos o hipotensores oculares

               Fármacos para terapéutica tiroidea

Todos ellos solos o en asociación, de administración oral o en soluciones oftálmicas y que no sean de venta libre.

Recuerde que es usted quien debe solicitar a su médico que aclare en la receta la cantidad de envases del medicamento genérico (límite 4) y especialmente, que se trata de un “Tratamiento Prolongado”.

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